TALADRO DE BANCO PARA CONCRETO SECRETS

taladro de banco para concreto Secrets

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three. Los Miembros podrán establecer o mantener medidas sanitarias o fitosanitarias que representen un nivel de protección sanitaria o fitosanitaria más elevado que el que se lograría mediante medidas basadas en las normas, directrices o recomendaciones internacionales pertinentes, si existe una justificación científica o si ello es consecuencia del nivel de protección sanitaria o fitosanitaria que el Miembro de que se trate identify adecuado de conformidad con las disposiciones pertinentes de los párrafos 1 a eight del artículo 5 (2).

six. Un Miembro podrá imponer condiciones y procedimientos para autorizar el establecimiento y ampliación de una presencia comercial siempre que tales condiciones y procedimientos no eludan la obligación que impone al Miembro el párrafo five y sean compatibles con las demás obligaciones dimanantes del Acuerdo.

Cada Miembro enumerará en su lista con respecto a los servicios financieros los derechos de monopolio vigentes y procurará eliminarlos o reducir su alcance.

2. La OMC será el foro para las negociaciones entre sus Miembros acerca de sus relaciones comerciales multilaterales en asuntos tratados en el marco de los acuerdos incluidos en los Anexos del presente Acuerdo.

14. Salvo en los casos en que el Consejo del Comercio de Mercancías o el Organo de Solución de Diferencias decidan lo contrario en virtud del párrafo 12 del artworkículo 8, el nivel de cada restricción restante se aumentará anualmente en las etapas siguientes del presente Acuerdo en un porcentaje no inferior al siguiente:

— la relación entre las políticas ambientales relacionadas con el comercio y las medidas ambientales que tengan efectos comerciales significativos, y las disposiciones del sistema multilateral de comercio;

Deseando fomentar la utilización de medidas sanitarias y fitosanitarias armonizadas entre los Miembros, sobre la foundation de normas, directrices y recomendaciones internacionales elaboradas por las organizaciones internacionales competentes, entre ellas la Comisión del Codex Alimentarius, la Oficina Internacional de Epizootias y las organizaciones internacionales y regionales competentes que operan en el marco de la Convención Internacional de Protección Fitosanitarias, sin que ello requiera que los Miembros modifiquen su nivel adecuado de protección de la vida o la salud de las personas y de los animales o de preservación de los vegetales;

ii) protocolos de adhesión (excluidas las disposiciones: a) relativas a la aplicación provisional y a la cesación de la aplicación provisional; y b) por las que se establece que la Parte II del GATT de 1947 se aplicará provisionalmente en toda la medida compatible con la legislación existente en la fecha del Protocolo);

ten. Cada Miembro procurará eliminar o limitar los efectos desfavorables importantes que para los proveedores de servicios financieros de cualquier otro Miembro puedan tener:

2. Los Miembros que acepten el presente Acuerdo con posterioridad a su entrada en vigor pondrán en aplicación las concesiones y obligaciones establecidas en los Acuerdos Comerciales Multilaterales que hayan de aplicarse a banco de concreto pré moldado lo largo de un plazo contado a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo como si hubieran aceptado este instrumento en la fecha de su entrada en vigor.

Ello pone de ease la importancia de los esfuerzos encaminados a mejorar otros aspectos de la formulación de la política económica a escala mundial como complemento de la aplicación efectiva de los resultados logrados en la Ronda Uruguay.

Entendimiento relativo a las normas y procedimientos por los que se rige la solución de diferencias.

one. La OMC constituirá el marco institucional común para el desarrollo de las relaciones comerciales entre sus Miembros en los asuntos relacionados con los acuerdos e instrumentos jurídicos conexos incluidos en los Anexos del presente Acuerdo.

Tomando nota de que los compromisos en el marco del programa de reforma deben contraerse de manera equitativa entre todos los Miembros, tomando en consideración las preocupaciones no comerciales, entre ellas la seguridad alimentaria y la necesidad de proteger el medio ambiente; tomando asimismo en consideración el acuerdo de que el trato especial y diferenciado para los países en desarrollo es un elemento integrante de las negociaciones, y teniendo en cuenta los posibles efectos negativos de la aplicación del proceso de reforma en los países menos adelantados y los países en desarrollo importadores netos de productos alimenticios;

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